Subvenciones para comprar vivienda en Galicia

Subvenciones para comprar vivienda en Galicia

La Xunta de Galicia ofrece ayudas económicas para facilitar la adquisición de vivienda a determinados compradores. En 2026 existen dos modalidades, dirigidas a viviendas situadas en cascos históricos y a determinadas viviendas protegidas de promoción autonómica.

Las subvenciones para la adquisición de vivienda en Galicia son ayudas gestionadas por el Instituto Galego da Vivenda e Solo para facilitar el acceso a una vivienda en propiedad.

La convocatoria de 2026 contempla dos modalidades diferentes. La primera está destinada a viviendas situadas en el ámbito de determinados cascos históricos y la segunda a viviendas protegidas de protección autonómica adquiridas en primera transmisión.

Pueden solicitar estas subvenciones las personas físicas mayores de edad que cumplan los requisitos establecidos para la modalidad correspondiente.

Entre las condiciones generales se encuentran:

  • Haber adquirido la vivienda mediante contrato privado o escritura pública con posterioridad al 15 de octubre de 2025.
  • Destinar la vivienda a residencia habitual y permanente.
  • Estar empadronado en la vivienda cuando corresponda.
  • No ser propietario o usufructuario de otra vivienda en España, salvo determinadas excepciones.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
  • Cumplir los límites de ingresos establecidos para cada modalidad.

La convocatoria establece dos modalidades.

Viviendas situadas en cascos históricos

La modalidad A está destinada a viviendas nuevas o usadas situadas dentro del ámbito de determinados cascos históricos reconocidos por la Xunta de Galicia.

La vivienda debe estar construida en el momento de solicitar la ayuda. También se contemplan determinados supuestos de viviendas que necesitan rehabilitación.

El precio máximo de adquisición depende de la ubicación de la vivienda y de los límites establecidos para las viviendas protegidas de régimen concertado.

Viviendas protegidas de promoción autonómica

La modalidad B está destinada a viviendas calificadas definitivamente como viviendas protegidas de protección autonómica de régimen general, especial o concertado.

Además, la adquisición debe realizarse en primera transmisión o adjudicación y el comprador debe cumplir los requisitos de acceso establecidos para este tipo de vivienda.

La cuantía depende de la modalidad, la ubicación de la vivienda y la edad de la persona adquirente.

En todos los casos, la ayuda tiene como límite máximo el 20 % del precio de adquisición de la vivienda, sin incluir los gastos e impuestos asociados a la compra.

Para la modalidad A, las cuantías máximas son:

  • Hasta 12.800 euros para personas menores de 36 años.
  • Hasta 10.800 euros para personas de 36 años o más.
  • Hasta 15.000 euros cuando la vivienda se encuentra en un ámbito declarado Área Rexurbe.

En la modalidad B, las ayudas pueden alcanzar:

  • Hasta 20.000 euros para menores de 36 años en municipios de precio máximo superior.
  • Hasta 16.000 euros para mayores de 36 años en esos municipios.
  • Hasta 16.000 euros para menores de 36 años en el resto de Galicia.
  • Hasta 12.000 euros para mayores de 36 años en el resto de Galicia.

Los límites de ingresos dependen de la modalidad solicitada.

En la modalidad A, los ingresos anuales de la unidad de convivencia no pueden superar 6,5 veces el IPREM.

En la modalidad B, deben cumplirse los límites de ingresos establecidos por la normativa vigente para acceder a la correspondiente vivienda protegida.

Para calcular los ingresos se tienen en cuenta las bases imponibles general y del ahorro del IRPF de las personas que forman parte de la unidad de convivencia.

La vivienda debe convertirse en la residencia habitual y permanente de la persona beneficiaria y de su unidad de convivencia.

Además, existe el compromiso de mantener esta condición durante al menos cinco años en los términos establecidos por la convocatoria.

Tampoco se permite, con carácter general, que la persona solicitante o algún miembro de su unidad de convivencia sea propietario o usufructuario de otra vivienda en España, aunque existen determinadas excepciones.

Las solicitudes deben dirigirse al Instituto Galego da Vivenda e Solo y pueden presentarse preferentemente por vía electrónica a través de la sede de la Xunta de Galicia.

También existe la posibilidad de presentar la solicitud presencialmente en los lugares habilitados por la normativa administrativa.

La concesión se realiza mediante concurrencia no competitiva, por lo que las solicitudes se tramitan por orden de entrada hasta agotar el crédito disponible.

La convocatoria de 2026 está abierta desde el 15 de abril de 2026 hasta el 15 de octubre de 2026 a las 14:00 horas.

El plazo podría finalizar antes si se agota el crédito presupuestario disponible. La Xunta amplió además la dotación presupuestaria de esta convocatoria en agosto de 2026.

El plazo máximo para resolver las solicitudes es de tres meses desde su presentación.

Las subvenciones para la adquisición de vivienda pueden reducir de forma significativa el importe que debe asumir el comprador, especialmente en el caso de las personas menores de 36 años.

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