Garantías IVF para comprar vivienda en Valencia

Garantías IVF para comprar una vivienda en Valencia

Las Garantías IVF ayudan a los compradores a acceder a una hipoteca con una financiación superior a la habitual. En 2026, el aval puede cubrir hasta el 20 % del precio de la vivienda y permitir financiar hasta el 100 % del inmueble.

Las Garantías IVF son un programa de avales impulsado por el Institut Valencià de Finances para facilitar el acceso a la financiación necesaria para comprar una primera vivienda en la Comunitat Valenciana.

El programa permite que el IVF garantice una parte del préstamo hipotecario que concede la entidad financiera. De esta forma, el comprador puede acceder a un porcentaje de financiación superior al que normalmente podría obtener aportando únicamente sus propios ahorros.

En la convocatoria de 2026, el IVF puede avalar hasta el 20 % del precio de la vivienda, lo que permite que la financiación bancaria pueda alcanzar hasta el 100 % del valor del inmueble, siempre que el banco apruebe la operación.

El programa está dirigido principalmente a personas que compren su primera vivienda y cumplan los requisitos establecidos.

Entre las condiciones principales se encuentran:

  • Ser mayor de edad.
  • Tener hasta 45 años, incluidos, en el momento de solicitar la garantía.
  • Tener nacionalidad española, de otro Estado miembro de la Unión Europea o residencia legal en España.
  • No ser propietario de otra vivienda en España, salvo las excepciones previstas.
  • Acreditar una residencia continuada e ininterrumpida en la Comunitat Valenciana durante los dos años anteriores a la solicitud.
  • Contar con una oferta o propuesta de financiación emitida por una entidad financiera colaboradora.
  • No tener determinadas deudas pendientes con la Generalitat Valenciana o su sector público.

Existe una excepción importante al límite de edad para las personas que residían en alguno de los municipios afectados por la DANA del 29 de octubre de 2024.

Las garantías pueden utilizarse para adquirir una vivienda situada en la Comunitat Valenciana que vaya a convertirse en la residencia habitual del comprador.

La vivienda puede ser:

  • Nueva.
  • De segunda mano.
  • De venta libre.
  • Vivienda de protección pública de promoción privada.

En 2026, el precio máximo de adquisición es de 311.000 euros, sin que pueda superarse el límite establecido por el programa.

Una de las principales novedades de la convocatoria de 2026 es que el IVF puede avalar hasta el 20 % del precio de la vivienda.

Este porcentaje permite que la entidad financiera pueda conceder una hipoteca de hasta el 100 % del valor del inmueble, siempre que la operación cumpla sus propios criterios de riesgo.

Por ejemplo, para una vivienda de 250.000 euros, el aval del IVF podría alcanzar hasta 50.000 euros.

Esto no significa que el IVF entregue esos 50.000 euros al comprador. Se trata de una garantía frente a la entidad financiera.

Sí. El programa de garantías se ofrece sin coste para los beneficiarios.

El objetivo es facilitar el acceso a una financiación hipotecaria elevada sin que el comprador tenga que asumir el coste de contratar una garantía privada equivalente.

Aun así, hay que tener en cuenta que el comprador deberá disponer del dinero necesario para afrontar los impuestos y gastos de la compraventa, ya que el aval no significa que todos los gastos asociados a la adquisición queden financiados.

La solicitud de la garantía se realiza a través de la sede electrónica del IVF.

Antes de solicitarla, el comprador debe contar con una oferta o propuesta de financiación de una entidad financiera colaboradora. El banco estudia previamente la operación y comprueba la capacidad económica del solicitante.

Por tanto, el aval público no sustituye al estudio de solvencia del banco. La entidad financiera continúa siendo quien decide si concede la hipoteca y bajo qué condiciones.

La ficha oficial de la Generalitat Valenciana indica actualmente que el procedimiento se encuentra abierto.

La convocatoria corresponde al ejercicio 2026 y cuenta con una dotación económica que inicialmente era de 30 millones de euros. Debido a la elevada demanda, en julio de 2026 el IVF anunció su ampliación hasta 60 millones de euros para poder continuar atendiendo solicitudes.

Por ello, aunque el programa esté abierto, es recomendable no retrasar la tramitación si se cumplen los requisitos.

Para tramitar la garantía será necesario acreditar el cumplimiento de los requisitos del programa.

Entre la documentación que puede ser necesaria se encuentra:

  • Documento de identidad.
  • Documentación que acredite la residencia en la Comunitat Valenciana.
  • Documentación relativa a la vivienda que se pretende adquirir.
  • Oferta o propuesta de financiación de la entidad colaboradora.
  • Documentación necesaria para acreditar que no se es propietario de otra vivienda, cuando corresponda.
  • Declaraciones y certificados exigidos por el IVF.

La documentación concreta dependerá de las circunstancias de cada comprador y del procedimiento establecido por el IVF.

Puede permitirlo, pero no lo garantiza.

Esta es una diferencia importante. El aval del IVF puede facilitar que el banco conceda una financiación de hasta el 100 % del valor del inmueble, pero la entidad financiera debe analizar igualmente los ingresos, estabilidad laboral, endeudamiento, historial crediticio y resto de circunstancias del solicitante.

Por tanto, conseguir el aval no significa que cualquier persona pueda obtener automáticamente una hipoteca al 100 %.

Las Garantías IVF pueden ser especialmente interesantes para compradores que tienen ingresos suficientes para afrontar una cuota hipotecaria, pero no disponen del ahorro necesario para aportar una entrada elevada.

Al poder cubrir hasta el 20 % del precio mediante la garantía pública, el programa puede facilitar el acceso a una financiación hipotecaria de hasta el 100 % del valor de la vivienda.

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