Mi Primera Vivienda Madrid

Mi Primera Vivienda Madrid para comprar una vivienda

Mi Primera Vivienda facilita el acceso a la primera vivienda en Madrid mediante un sistema de garantías públicas. El programa permite obtener una financiación hipotecaria superior al 80 % y, según el perfil, llegar hasta el 100 % del valor del inmueble.

Mi Primera Vivienda es un programa de la Comunidad de Madrid destinado a facilitar la compra de la primera vivienda habitual a personas y familias que cuentan con solvencia para afrontar una hipoteca, pero no disponen del ahorro suficiente para cubrir la entrada que normalmente exige una entidad financiera.

El programa funciona mediante la colaboración entre la Comunidad de Madrid y entidades financieras adheridas, permitiendo que estas puedan conceder una financiación superior al 80 % del valor de la vivienda.

La nueva regulación, vigente desde agosto de 2026, amplía el programa hasta los 50 años y eleva el precio máximo de la vivienda a 425.000 euros.

Todas las personas adquirentes deben ser mayores de edad y cumplir los requisitos establecidos por el programa.

Pueden acceder:

  • Personas que no superen los 50 años.
  • Familias numerosas, sin límite de edad.
  • Familias monoparentales, sin límite de edad.
  • Familias con hijos menores de edad a su cargo, sin límite de edad.

En todos los casos debe tratarse de la primera adquisición de vivienda en propiedad.

Además, los compradores deben acreditar una residencia legal, continuada e ininterrumpida en la Comunidad de Madrid durante los dos años anteriores a la presentación de la solicitud de financiación ante la entidad financiera.

Una de las principales ventajas del programa es que permite superar el porcentaje de financiación habitual de una hipoteca.

Los límites establecidos actualmente son:

  • Hasta el 100 % del valor del inmueble para personas que no superen los 40 años.
  • Hasta el 95 % para personas que no superen los 45 años.
  • Hasta el 90 % para personas que no superen los 50 años.
  • Hasta el 100 % para familias numerosas, monoparentales y familias con hijos menores a cargo, sin límite de edad.

El valor del inmueble se determina tomando el menor entre el precio de compraventa y el valor de tasación.

Por tanto, que el programa permita llegar al 100 % no significa que todos los compradores obtengan automáticamente una hipoteca por ese importe. La entidad financiera debe aprobar la operación según sus propios criterios de riesgo.

La vivienda debe estar situada en la Comunidad de Madrid y convertirse en la residencia habitual y permanente de los compradores.

Con la nueva regulación, el precio de adquisición no puede superar los 425.000 euros, sin incluir los gastos e impuestos asociados a la compraventa.

El programa está destinado exclusivamente a la adquisición de la primera vivienda en régimen de propiedad.

La documentación debe presentarse ante la entidad financiera adherida al programa.

Entre los documentos que pueden solicitarse se encuentran:

  • Documento acreditativo de identidad.
  • Certificado o volante de empadronamiento y antigüedad.
  • Certificado negativo catastral y nota simple del Registro de la Propiedad.
  • Contrato de arras o preacuerdo de compraventa.
  • Declaración responsable de destinar la vivienda a residencia habitual y permanente.
  • En su caso, documentación que acredite la condición de familia numerosa o monoparental o la existencia de hijos menores a cargo.

A diferencia de una subvención convencional, el comprador no solicita directamente a la Comunidad de Madrid un dinero para pagar la entrada.

La operación se tramita a través de una entidad financiera adherida.

El comprador debe acudir a una de estas entidades para solicitar la financiación y aportar la documentación necesaria. La entidad comprueba que se cumplen los requisitos del programa y estudia la operación hipotecaria conforme a su política de riesgos.

Actualmente participan entidades como CaixaBank, Ibercaja, Banco Santander, Abanca, ING, Kutxabank, Unicaja Banco, Banco Sabadell y Eurocaja Rural.

La actualización aprobada en 2026 amplía considerablemente el alcance de Mi Primera Vivienda.

Las principales novedades son:

  • La edad máxima pasa de 40 a 50 años.
  • El precio máximo de la vivienda aumenta de 390.000 a 425.000 euros.
  • Se mantienen porcentajes de financiación superiores al 80 %.
  • Se incorporan las familias con hijos menores de edad a su cargo.
  • Se mantiene el acceso para familias numerosas y monoparentales.
  • La vivienda debe mantenerse como residencia habitual y permanente durante cinco años con la nueva regulación.

La Comunidad de Madrid ha destinado 25 millones de euros para el programa en 2026.

Mi Primera Vivienda no funciona como una convocatoria tradicional con un único plazo de solicitud para particulares.

El programa se articula mediante convenios entre la Comunidad de Madrid y las entidades financieras adheridas. La nueva Orden de 27 de julio de 2026 ya está en vigor desde el 7 de agosto, aunque la aplicación efectiva de las nuevas condiciones depende de la formalización de los correspondientes convenios con las entidades financieras.

Por eso, antes de iniciar una operación, conviene comprobar qué entidades están operando bajo las condiciones actualizadas y si existe disponibilidad de fondos.

Mi Primera Vivienda puede ser especialmente interesante para compradores que tienen ingresos y capacidad para asumir una cuota hipotecaria, pero no han conseguido reunir el ahorro necesario para afrontar una entrada elevada.

La garantía pública puede permitir aumentar el porcentaje de financiación y reducir la cantidad de ahorro necesaria para comprar la vivienda.

Aun así, el aval no sustituye al análisis de solvencia del banco. La entidad financiera debe aprobar la hipoteca y determinar las condiciones concretas de la operación.

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