ITP en Cantabria: beneficios fiscales para jóvenes

Beneficios fiscales para comprar vivienda en Cantabria

Comprar una vivienda en Cantabria puede resultar más económico gracias a los tipos reducidos de ITP y AJD para determinados compradores. Te explicamos qué beneficios fiscales existen en 2026, quién puede aplicarlos y cómo se tramitan.

El Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP) es uno de los principales gastos al comprar una vivienda de segunda mano. Sin embargo, Cantabria cuenta con diferentes tipos reducidos para determinados compradores que adquieren una vivienda habitual.

En 2026, además, se ha ampliado uno de los principales beneficios fiscales: el tipo reducido para jóvenes pasa a aplicarse a quienes tengan menos de 40 años en la fecha de adquisición.

La normativa cántabra establece diferentes tipos de ITP dependiendo del valor de la vivienda y de las circunstancias del comprador.

Para una vivienda habitual, el tipo general reducido se sitúa en el 7 % hasta 300.000 euros, mientras que la parte que exceda de ese importe tributa al 9 %.

Además, determinados colectivos pueden beneficiarse de un tipo todavía más reducido, entre ellos:

  • Jóvenes menores de 40 años.
  • Familias numerosas.
  • Familias monoparentales.
  • Personas con determinados grados de discapacidad.
  • Compradores de viviendas situadas en municipios afectados por riesgo de despoblamiento.
  • Adquirentes de determinadas viviendas de protección pública.

Uno de los principales colectivos beneficiados son los jóvenes menores de 40 años que compran una vivienda que vaya a constituir su residencia habitual.

La normativa establece para estos colectivos un tipo reducido del 4 %, aplicable dentro de los límites establecidos. En caso de que el valor de la vivienda supere los 300.000 euros, la parte que exceda de ese importe tributa al tipo general.

También pueden acceder al tipo reducido del 4 % determinados compradores que sean titulares de una familia numerosa o familia monoparental, así como personas con una discapacidad de entre el 33 % y el 65 %.

La ventaja fiscal depende tanto del precio de la vivienda como de las circunstancias del comprador.

Jóvenes menores de 40 años

Desde 2026, los compradores que tengan menos de 40 años pueden acceder al tipo reducido del 4 % cuando la vivienda vaya a constituir su residencia habitual y se cumplan las condiciones establecidas.

Este cambio amplía el colectivo beneficiario respecto a la regulación anterior, que establecía el límite en menores de 36 años.

Familias numerosas y monoparentales

Las familias numerosas y monoparentales también pueden beneficiarse del tipo reducido del 4 % cuando adquieren una vivienda habitual y cumplen los requisitos establecidos.

Otros colectivos

La normativa contempla además tipos reducidos para determinados compradores con discapacidad y para viviendas situadas en municipios afectados por riesgo de despoblamiento.

En estos casos, las condiciones concretas pueden variar, por lo que es necesario comprobar el supuesto aplicable antes de liquidar el impuesto.

Las ventajas fiscales no se limitan al ITP.

En determinadas adquisiciones de vivienda habitual, el Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados (AJD) también cuenta con un tipo reducido del 0,1 % para colectivos como jóvenes menores de 40 años, familias numerosas, familias monoparentales, determinadas personas con discapacidad y compradores de viviendas situadas en municipios en riesgo de despoblamiento.

Este beneficio resulta especialmente relevante cuando se adquiere una vivienda nueva, ya que estas operaciones pueden estar sujetas a IVA y AJD en lugar de ITP.

A diferencia de una subvención, no hay que solicitar una ayuda antes de comprar la vivienda.

El beneficio fiscal se aplica al realizar la autoliquidación del ITP o AJD, siempre que el comprador indique correctamente las circunstancias que permiten aplicar el tipo reducido.

La Agencia Cántabra de Administración Tributaria utiliza el modelo 601 para la autoliquidación del ITP y AJD. Su sistema permite calcular automáticamente el impuesto cuando se consignan correctamente los datos y el tipo reducido correspondiente.

Por ello, es importante comprobar los requisitos antes de presentar la autoliquidación.

La documentación dependerá del beneficio fiscal que quieras aplicar, pero puede ser necesario acreditar:

  • DNI o NIE del comprador.
  • Escritura o documento de compraventa.
  • Valor de adquisición de la vivienda.
  • Condición de vivienda habitual.
  • Edad del comprador.
  • Título de familia numerosa, cuando corresponda.
  • Condición de familia monoparental, cuando proceda.
  • Certificado de discapacidad, si es necesario.
  • Documentación relacionada con la vivienda y su ubicación.

La Administración puede solicitar documentación adicional para comprobar que se cumplen las condiciones del tipo reducido.

El ITP debe autoliquidarse dentro del plazo establecido por la Administración tributaria de Cantabria.

Actualmente, el plazo general es de 30 días hábiles desde la fecha del documento o acto que origina el impuesto.

La presentación puede realizarse por vía telemática o presencial, siguiendo el procedimiento establecido por la Agencia Cántabra de Administración Tributaria.

Es importante no confundir este plazo con el de una convocatoria de ayudas: los beneficios fiscales están vinculados a la propia liquidación del impuesto, no a una convocatoria anual.

La diferencia entre aplicar el tipo general y un tipo reducido puede ser considerable.

Por ejemplo, para una vivienda habitual de 200.000 euros, un tipo del 4 % supondría una cuota de 8.000 euros, frente a 14.000 euros si se aplicara un tipo del 7 %.

Esto supondría un ahorro de 6.000 euros, siempre que el comprador cumpla todos los requisitos para acceder al tipo reducido.

Por eso, antes de calcular cuánto dinero necesitas para comprar una vivienda en Cantabria, es importante tener en cuenta no solo el precio y la hipoteca, sino también los beneficios fiscales que pueden corresponderte.

Los beneficios fiscales pueden reducir considerablemente los gastos iniciales de una compra, pero todavía es necesario planificar correctamente la financiación.

Si estás pensando en comprar una vivienda en Cantabria, en AYA Hipotecas podemos estudiar tu situación económica, analizar cuánto puedes financiar y valorar diferentes opciones hipotecarias.

Además, si eres joven o perteneces a alguno de los colectivos con ventajas fiscales, podemos tener estos beneficios en cuenta al estudiar tu operación.

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