Garantía Vivienda Andalucía: requisitos y cómo solicitarla

Garantía Vivienda Andalucía para comprar primera vivienda

La Garantía Vivienda Andalucía facilita el acceso a la primera vivienda mediante una garantía pública que puede permitir financiar hasta el 100% del precio de referencia. Descubre quién puede solicitarla, qué requisitos debe cumplir la vivienda y cómo se tramita.

Comprar una primera vivienda puede resultar complicado cuando no se dispone del ahorro suficiente para afrontar la entrada. Para facilitar el acceso a la financiación, la Junta de Andalucía cuenta con el Programa Garantía Vivienda Andalucía, dirigido a personas que cumplen determinados requisitos de edad, residencia y compra de primera vivienda.

Esta garantía permite cubrir la parte del préstamo hipotecario que supera el 80% habitual, pudiendo llegar hasta el 100% del precio de referencia de la vivienda.

La Garantía Vivienda Andalucía es un programa de la Junta de Andalucía destinado a facilitar la financiación de la primera vivienda habitual.

No se trata de una subvención que se entregue directamente al comprador. La Junta concede una garantía sobre la parte de la financiación que supera el 80%, permitiendo que el préstamo hipotecario pueda alcanzar hasta el 100% del precio o valor de referencia de la vivienda, siempre que la entidad financiera apruebe la operación.

La garantía cubre únicamente el capital principal garantizado y no incluye intereses, comisiones ni otros gastos asociados al préstamo.

Además, desde la modificación del programa aplicable desde 2025, pueden acceder personas de hasta 40 años incluidos, en lugar del límite anterior de 35 años.

Para acceder al programa es necesario cumplir una serie de condiciones establecidas por la Junta de Andalucía.

Entre los principales requisitos se encuentran:

  • Ser persona física mayor de edad y tener hasta 40 años incluidos en el momento de solicitar la garantía.
  • Estar empadronado en un municipio de Andalucía.
  • Comprar la primera vivienda.
  • No ser titular del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute sobre otra vivienda en España, salvo las excepciones previstas en la normativa.
  • Haber firmado un contrato de arras o preacuerdo que acredite el compromiso de compraventa.
  • Contar con el préstamo hipotecario autorizado por una de las entidades financieras colaboradoras.

Cuando existen varios compradores, al menos uno de ellos debe cumplir el requisito de edad. El resto deberá cumplir las demás condiciones establecidas por el programa.

La vivienda también debe cumplir determinadas condiciones para poder acogerse a la garantía.

Debe:

  • Estar situada en un municipio de Andalucía.
  • Ser una vivienda nueva o usada.
  • Constituir la primera vivienda adquirida por los solicitantes.
  • Destinarse a domicilio habitual durante al menos dos años desde la fecha de adquisición. Este requisito contempla excepciones cuando exista un traslado por motivos laborales u otra causa justificada.
  • Tener un precio de referencia máximo de 295.240 euros, incluyendo los anejos vinculados cuando corresponda.

En viviendas con una calificación energética A o B, el límite puede incrementarse un 20%, hasta 354.288 euros. Si el valor de tasación es inferior al precio de compraventa, se toma como referencia el valor de tasación.

En caso de vivienda protegida, también deben cumplirse los requisitos específicos de acceso a este tipo de vivienda y contar con la autorización correspondiente de la Delegación Territorial competente.

Una de las principales ventajas del programa es que permite cubrir el tramo de financiación que queda por encima del 80%.

La garantía de la Junta puede cubrir hasta el 20% del precio de referencia, de forma que la financiación hipotecaria pueda alcanzar hasta el 100% del precio o valor de referencia de la vivienda.

Por ejemplo, si una vivienda tiene un precio de referencia de 200.000 euros y el banco concede inicialmente una financiación del 80%, la garantía puede cubrir el tramo adicional necesario hasta alcanzar el 100%, siempre dentro de los límites del programa y de la aprobación de la entidad.

Es importante recordar que la garantía no significa que cualquier solicitante tenga automáticamente derecho a una hipoteca del 100%. La entidad financiera debe estudiar previamente la solvencia, ingresos, estabilidad laboral y capacidad de pago del solicitante.

La solicitud no la presenta directamente el comprador ante la Junta.

El procedimiento comienza cuando la persona interesada se dirige a una entidad financiera colaboradora y aporta la documentación necesaria.

La entidad estudia la operación hipotecaria y comprueba que se cumplen los requisitos del programa. Una vez autorizado el préstamo y verificado el cumplimiento de las condiciones, es la propia entidad financiera la que presenta telemáticamente la solicitud ante la Secretaría General competente en materia de vivienda, actuando en representación de la persona interesada.

El plazo de solicitud se inició el 14 de septiembre de 2023. Actualmente, la disponibilidad depende de los fondos asignados a las entidades colaboradoras y de las condiciones de vigencia del programa. La Junta ha continuado realizando redistribuciones de los recursos entre entidades durante 2026, por lo que conviene comprobar la disponibilidad antes de iniciar la operación.

La persona interesada debe aportar la documentación requerida a la entidad financiera colaboradora.

Entre los documentos principales se encuentran:

  • Documento de identidad o tarjeta equivalente para personas extranjeras residentes en España.
  • Certificado o volante de empadronamiento en un municipio de Andalucía.
  • Certificado negativo catastral y nota simple del Servicio de Índices del Registro de la Propiedad que permita acreditar que no se dispone de otra vivienda, salvo las excepciones contempladas.
  • Contrato de arras o preacuerdo que acredite el compromiso de compraventa.
  • Declaración responsable de que la vivienda se destinará a domicilio habitual durante al menos dos años.
  • En el caso de viviendas protegidas, la autorización o documentación correspondiente de la Delegación Territorial competente.

La entidad financiera también puede solicitar documentación adicional relacionada con el estudio de la operación hipotecaria.

La garantía se tramita a través de las entidades financieras colaboradoras adheridas al programa.

La Junta publica la relación de entidades participantes y la distribución de los recursos disponibles. Entre las entidades que figuran en la información oficial se encuentran Caja Rural de Granada, Cajasur-Kutxabank, CaixaBank, Unicaja e Ibercaja, entre otras.

Por este motivo, antes de solicitar la garantía es importante comprobar no solo que se cumplen los requisitos del programa, sino también que la entidad elegida dispone de capacidad para tramitar nuevas operaciones dentro de los fondos asignados.

La Garantía Vivienda Andalucía puede ser especialmente interesante para compradores que cuentan con ingresos suficientes para afrontar una hipoteca, pero tienen dificultades para reunir el ahorro necesario para cubrir la entrada.

Sin embargo, conseguir una financiación elevada no depende únicamente de cumplir los requisitos de la ayuda. Cada banco establece sus propios criterios de riesgo y analiza la estabilidad laboral, los ingresos, el endeudamiento y el resto de circunstancias económicas del solicitante.

Por eso, comparar diferentes alternativas antes de solicitar la hipoteca puede marcar una diferencia importante.

Si estás pensando en comprar tu primera vivienda en Andalucía y quieres saber si puedes acogerte a la Garantía Vivienda Andalucía, en AYA Hipotecas podemos estudiar tu situación y analizar las opciones de financiación disponibles.

Nuestro equipo puede ayudarte a comprobar si cumples los requisitos, valorar tu capacidad de financiación y buscar entre diferentes entidades la alternativa hipotecaria que mejor encaje con tu perfil.

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