Condiciones del Servicio | AYA Hipotecas

1. Identificación del prestador del servicio

En cumplimiento de la Ley 5/2019, de 15 de marzo, reguladora de los contratos de crédito inmobiliario (LCCI), se informa que el presente servicio es prestado por:

Asesoramiento y Apoyo Gestión 5 S.L.
CIF: B10725398
Domicilio: Carrer Califa 5, 3-2, 08221 Terrassa, Barcelona
Teléfono: 624 100 670
Email: info@ayahipotecas.com

Inscrita en el Registro del Banco de España como Intermediario de Crédito Inmobiliario con número D680.

Dispone de póliza de responsabilidad civil profesional conforme a la normativa vigente.

2. Objeto del servicio

AYA Hipotecas presta servicios de intermediación de crédito inmobiliario, consistentes en:

  • Analizar la viabilidad financiera del cliente.
  • Presentar su solicitud a entidades financieras colaboradoras.
  • Facilitar información sobre productos hipotecarios disponibles.
  • Acompañar en la tramitación de la operación hasta su formalización.

AYA Hipotecas no es entidad financiera ni concede préstamos directamente.

3. Naturaleza del servicio

AYA Hipotecas actúa como intermediario no vinculado a una única entidad financiera y no presta asesoramiento independiente.

La concesión del préstamo depende exclusivamente de la entidad financiera seleccionada, tras su propio análisis de riesgos y solvencia.

AYA Hipotecas no garantiza la aprobación de la financiación solicitada.

4. Obligaciones del cliente

El cliente se compromete a:

  • Facilitar información veraz y actualizada.
  • Aportar la documentación necesaria para el estudio.
  • Informar de cualquier cambio relevante en su situación económica.

La falta de veracidad o la omisión de datos podrá afectar a la viabilidad de la operación.

5. Honorarios y comisión por intermediación

Los honorarios de AYA Hipotecas se devengarán únicamente en caso de formalización efectiva del préstamo ante notario, salvo pacto distinto por escrito.

Las comisiones máximas aplicables serán:

  • Hasta el 9% del importe financiado en operaciones superiores al 80% del valor de compraventa.
  • Hasta el 7% en operaciones iguales o inferiores al 80%.
  • Hasta el 5% en operaciones iguales o inferiores al 50%.
  • Hasta el 10% en operaciones de préstamo personal.

En todo caso, el importe concreto será pactado individualmente con el cliente y reflejado en el correspondiente contrato de intermediación.

6. Gastos asociados a la operación

Serán a cargo del cliente los gastos inherentes a la operación hipotecaria, tales como:

  • Tasación del inmueble.
  • Comisiones bancarias.
  • Gastos notariales y registrales conforme a la normativa vigente.
  • Seguros exigidos por la entidad financiera.

AYA Hipotecas no percibe remuneración de la entidad financiera salvo pacto expreso comunicado al cliente.

7. Derecho de desistimiento

El cliente podrá desistir del contrato de intermediación en el plazo de 14 días naturales desde su firma, conforme a la normativa aplicable, siempre que no se haya iniciado la prestación efectiva del servicio con su consentimiento expreso.

En caso de desistimiento una vez iniciadas las gestiones, podrá exigirse la parte proporcional correspondiente a los servicios ya prestados.

8. Duración del encargo

El encargo tendrá la duración acordada contractualmente y podrá prorrogarse previo acuerdo entre las partes.

9. Limitación de responsabilidad

AYA Hipotecas no será responsable de:

  • La denegación del préstamo por parte de la entidad financiera.
  • Las condiciones finales ofrecidas por la entidad.
  • Cambios en la política de riesgos de los bancos.
  • Decisiones comerciales adoptadas por terceros.

Su responsabilidad se limita a la correcta prestación del servicio de intermediación.

10. Atención al cliente y reclamaciones

AYA Hipotecas dispone de un servicio de atención al cliente en:

info@ayahipotecas.com

Asimismo, el cliente podrá presentar reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos o ante los organismos de consumo competentes si lo estima oportuno.

11. Legislación aplicable

Las presentes condiciones se rigen por la legislación española, en especial por la Ley 5/2019 reguladora de los contratos de crédito inmobiliario.

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